“Artículo thirteen. Es deber del abogado guardar los secretos y confidencias de su cliente. Este debe perdurar aún después de la terminación de los servicios y se extiende a los empleados del abogado y ni éste ni aquellos podrán ser forzados a revelar tales confidencias, salvo que Si algo https://paisessinextradicioncones60358.webbuzzfeed.com/29249052/a-simple-key-for-abogado-penalista-unveiled